LEGALIZACION DE DOCUMENTOS
De cómo legalizar documentos de origen extranjero para hacer efectiva su validez en territorio uruguayo.

¿Qué es?
Es la validación y autenticación de firmas de un documento expedido en el exterior, realizada por un agente consular interviniente.
![]()
Para que un documento emitido en el exterior tenga efecto en el Uruguay es necesaria su legalización por Consulado uruguayo.
![]()
Este requisito se aplica a:
Diplomas o títulos profesionales.
Certificados de estudios, de nacimientos, de defunción
Poderes
Contratos comerciales
Registro de productos para exportación
Cartas comerciales
Actas de empresas, etc.
1) PODERES:
El procedimiento a seguir para la legalización de cualquier tipo de Poder (general, especial, etc.) es el siguiente:
a. Se debe firmar el poder ante Notario Público.
b. Autenticar la firma del Notario en la Corte donde tenga registrada la firma o comisión.
c. Se presenta en persona ante el Consulado de la jurisdicción.
2) CERTIFICADOS VARIOS:
Para la legalización de certificados de cualquier tipo (incorporación, libre venta, manufactura, enmienda, etc) se deberá realizar el trámite de la siguiente manera:
a. Intervenir el documento ante Notario Público.
b. Autenticar la firma del Notario en la Corte donde tenga registrada la firma o comisión.
c. Se presenta en persona, ante el Consulado de la Jurisdicción.
3) CARTAS DE REPRESENTACIÓN, PATENTE, MARCAS REGISTRADAS:
a. Intervenir el documento ante Notario Público.
b. Autenticar la firma del Notario en la Corte donde tenga registrada la firma o comisión.
c. se presenta en persona ante el Consulado de la Jurisdicción.
4) CERTIFICADOS DE NACIMIENTO, MATRIMONIO, DEFUNCIÓN:
a. Se deberá presentar el documento original con la firma legible del oficial de Registro,
o miembro de la Corte.
b. No se legalizan copias de este tipo de certificados.
5) CERTIFICADOS DE ESTUDIOS Y DIPLOMAS:
5.A. Certificados de estudios:
a. Se interviene el documento ante Notario Público .
b. Autenticar la firma del Notario en la Corte donde tenga registrada la firma o comisión.
c. Se presenta en persona ante el Consulado de la Jurisdicción.
5.B. Diplomas:
a. Se deberá presentar el documento original con la firma legible de la autoridad que lo otorga.
b. No se legalizan copias de diplomas.